EL DECRETO:
VISTO:
Que la comisión episcopal de liturgia de la CEA, en fraterna colaboración con la Conferencia episcopal de Chile, Paraguay y Uruguay, han concluido la traducción de los libros litúrgicos que seguidamente se indican, que tales versiones el idioma castellano usual en el cono sur de América latina han recibido la correspondiente recognitio por parte de la Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacamentos de la Santa Sede.
CONSIDERANDO:
1- La versión castellana del Misal Romano (3º editio typica) y los correspondientes a los leccionarios completos (Volumen I al IV) quedan promulgados a partir del 15 de agosto del 2009, solemnidad de la asunción de María Virgen.
2-La vacatio legis se extiende hasta el 21de febrero del 2010, primer domingo de cuaresma. A partir de dicha fecha, para la celebración de la Santa Misa ( Misal romano y leccionario), habrá de utilizarse el uso verbal "USTEDES", quedando derogado el uso del "VOSOTROS", y del "VOS" u otros.
En consecuencia para la Celebración LÍCITA de la Eucaristía, desde esa fecha, habrá de utilizarse el nuevo Misal romano y los leccionarios, tomo I al IV, publicado por esta Conferencia Episcopal.
Dado en Buenos Aires el trece de agosto del dos mil nueve.
Card. Jorge Bergoglio
Arz. Buenos Aires.
Pte. CEA.
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